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Corte Constitucional admitió demanda contra la reforma pensional

El recurso fue presentado por la senadora Paloma Valencia y alega varios vicios en el trámite legislativo de la reforma.

Reforma pensional | Foto: EFE

Reforma pensional | Foto: EFE / Mauricio Dueñas Castañeda (EFE)

La Corte Constitucional admitió una demanda contra la reforma pensional, el recurso fue presentado por la senadora Paloma Valencia y alega varios vicios en el trámite legislativo.

La congresista solicitó que se declare la inexequibilidad de la Ley 2831 de 2024, por considerar que en su proceso de formación se desconoció lo previsto en el artículo 157 de la Constitución.

Paloma Valencia sostiene que la Cámara de Representantes eludió el debate al acoger el texto aprobado por el Senado de la República sin que hubiese deliberación ni explicación de los ponentes de las diferencias existentes con la ponencia de segundo debate:

“Sobre el particular, recuerda el sentido y alcance que esta Corporación ha dado al principio de la consecutividad en los trámites legislativos. Resalta que, conforme a este principio, corresponde al Congreso de la República -deliberar (sobre) todos los aspectos sometidos a consideración, lo que incluye no solo el texto propuesto en la ponencia, sino también las proposiciones que radiquen los congresistas en el desarrollo del debate-”, explicó.

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El alto tribunal encontró méritos para admitir la demanda y ordenó oficiar a los secretarios generales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes para que cada uno, de acuerdo con sus competencias, en el término de 10 días, contado desde la notificación remitan a la Corte, a través de la Secretaría General:

  • La copia de las Gacetas del Congreso en donde se publicaron el proyecto de ley.
  • Los informes de ponencia para primer y segundo debate en cada una de las Cámaras.
  • Los textos aprobados en primero y segundo debate en cada una de las Cámaras y la conciliación si la hubo.
  • La copia de las actas en las que se discutió el proyecto en cada una de las Cámaras, con las constancias de los votos depositados en cada fase del proceso legislativo hasta su culminación.

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