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¿Qué pasa con las deudas de un fallecido si no tiene bienes? Esto dice MinJusticia

Cuando una persona muere, además de heredar sus bienes y ahorros, también lo hace con sus deudas, incluso si estas son superiores al patrimonio con el que se cuenta.

Herencia de un fallecido, imagen de referencia. Foto: Getty Images

Herencia de un fallecido, imagen de referencia. Foto: Getty Images / stocknshares

Es común escuchar el debate sobre si las deudas de un familiar fallecido mueren con él, o si por el contrario alguien debe asumirlas, sobre el tema, el Ministerio de Justicia, por medio del sistema de herencias de Colombia aseguró que estas se heredan, como cualquier otro tipo de tema económico.

Si una persona muere, además de heredar sus bienes y ahorros, también lo hace con sus deudas, incluso si estas son superiores al patrimonio con el que se cuenta.

Según estipula la entidad, las deudas del fallecido se dividen entre los herederos de manera proporcional a como este haya asignado sus bienes. Es decir, si son dos los herederos, cada uno recibirá el 50% del patrimonio, y del mismo modo, el 50% de las deudas. Eso sí, si los bienes se transmiten por testamento, este porcentaje cambiaría.

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El testamento es el documento por el que una persona puede determinar cómo se repartirá su patrimonio cuando este fallezca, teniendo la posibilidad de elegir la división, por ende, si por testamento un heredero obtiene más que otro, también tendrá más deudas que el otro.

¿Y si el fallecido no tiene bienes?

De acuerdo con la entidad, “el heredero que deba asumir una deuda mayor a la asignación que le correspondió de la herencia puede pedir de los demás herederos el pago de la porción que les corresponda a cada uno de ellos”, aseguró la entidad reguladora de herencias.

Es decir que, son los herederos los que deben responder por la deuda del fallecido.

Beneficio de inventario

Sin embargo, aseguran que si las deudas heredadas son más caras que los bienes, los sucesores pueden acudir al beneficio de inventario, un recurso que impediría que el heredero pague por sus propios medios las deudas adquiridas por el fallecido.

Según la página de ‘Abogados de Familia’, el beneficio de inventario es un salvavidas para los herederos. “Permite que solo sean responsables de las deudas hasta el límite del valor de los bienes heredados. En otras palabras, si las deudas superan los activos, los herederos no están obligados a pagar el excedente con su patrimonio personal. Este beneficio es crucial para evitar que la muerte de un ser querido se convierta en una carga financiera insostenible para los familiares”.

Finalmente, es importante destacar que la deuda se puede rechazar, pero para hacerlo también deberá rechazar la herencia en su totalidad.

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