Corte Constitucional declara que 18 años será la edad mínima para casarse en Colombia
El alto tribunal determinó que los matrimonios y uniones libres entre menores de edad van en contra de la Constitución y los convenios internacionales.
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Matrimonio, imagen de referencia // GettyImages / Peter Cade
La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó las facultades que otorgaba el Código Civil para que las personas pudieran casarse en Colombia desde los 14 años y determinó que la edad mínima para contraer matrimonio y uniones libres en el país serán los 18 años.
El alto tribunal consideró que el matrimonio y las uniones maritales de hecho entre o con personas menores de 18 años resultan contrarios a la Constitución y en particular al bloque de constitucionalidad, afectando los derechos fundamentales de niños y niñas.
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Es decir que los matrimonios o uniones libres que quieran llevar a cabo personas menores de 18 años serían nulos y no tendrán reconocimiento o fuerza legal bajo los preceptos del Código Civil.
Para la Corte, los matrimonios entre menores de edad constituyen una práctica “nociva” para los niños y niñas, los cuales “se sustentan en paradigmas culturales y estereotipos de género que deben ser superados”.
Producto de su decisión, el alto tribunal adoptó distintos exhortos a autoridades nacionales y territoriales para que adelanten campañas de política pública dirigidas a prevenir y “erradicar el flagelo de las uniones y matrimonios tempranos”.
Asimismo, se ordenó a la Defensoría del Pueblo que en ejercicio de su labor para promover los derechos humanos y los derechos de la niñez, adelante una revisión de las zonas en donde más se presentan casos de matrimonio infantil y uniones tempranas para difundir y promover los derechos de las niñas, especialmente de las comunidades campesinas e indígenas.
La decisión de la Corte se conoce en momentos en que se está a la espera de que el presidente Gustavo Petro sancione el proyecto de ley que eliminaba el matrimonio infantil y fijaba otras disposiciones.