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Superindustria formula pliego de cargos contra constructores del edificio Aquarela

La formulación de cargos se da para investigar el presunto incumplimiento de los constructores en su deber de garantizar calidad y seguridad en esa torre habitacional.

La formulación de cargos se da para investigar el presunto incumplimiento de los constructores en su deber de garantizar calidad y seguridad en esa torre habitacional.. Foto: Cortesía

La formulación de cargos se da para investigar el presunto incumplimiento de los constructores en su deber de garantizar calidad y seguridad en esa torre habitacional.. Foto: Cortesía(Thot)

La Superintendencia de Industria y Comercio formuló pliego de cargos en contra de las sociedades Plano Constructivo S.A.S., Colcivil S.A., y Promotora Calle 47 S.A.S. para determinar si “incumplieron con la obligación de poner en el mercado inmuebles de calidad y en condiciones de seguridad e idoneidad”, en el caso de la construcción y comercialización del polémico proyecto habitacional Aquarela, adelantado cerca del Castillo San Felipe de Barajas, en Cartagena.

Según detalló la Superintendencia, esta investigación se da porque en las averiguaciones preliminares recaudó, entre otros, el concepto técnico emitido en mayo pasado por la Sociedad Colombiana de Ingenieros tras una verificación realizada en la estructura de la torre de este proyecto, en el cual se estableció que “a la estructura le hace falta un 30% de rigidez global y más de un 90% de resistencia en una cantidad considerable de muros estructurales y que la cantidad de pilotes no son suficientes para soportar la solicitación de carga gravitacional de la estructura los extremos laterales de los muros, pues en el diseño se estipuló que los muros serían de 0.15m de espesor, lo cual consideran que no configuraría un borde efectivo y adecuado en muros”.

Además, esa primera revisión de la torre evidencia que “la mayoría de los muros estructurales no cumplen con la cuantía mínima requerida en la NSR-10; referente al requerimiento de elementos de borde en los extremos laterales de los muros, pues en el diseño se estipuló que los muros serían de 0.15m de espesor, lo cual consideran que no configuraría un borde efectivo y adecuado en muros”.

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La Superindustria también revisará si Promotora Calle 47 S.A.S., estaría entregando información engañosa a los consumidores tras “verificar mediante visitas de inspección a los sitios web, presuntamente de dominio de la promotora, en los que informa a los consumidores sobre el proyecto, afirmaciones tales como: “NO existe solicitud de Unesco donde se pida demolición del edificio”, “Realidad: Estudio de la SCI fue hecho con base en información errónea e incompleta (…)”, entre otras, que podrían inducir a error a los consumidores”.

Para la formulación del pliego de cargos se solicitó, además, información a distintas autoridades como la Procuraduría General de la Nación, la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, la Alcaldía Distrital de Cartagena y el Ministerio de Cultura, entre otras.

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