El pasado 30 de agosto, desde Casa de Nariño se confirmó que la<a href="https://www.wradio.com.co/2022/08/30/sandra-milena-urrutia-es-la-nueva-ministra-de-las-tic/" target="_blank"><b> abogada Sandra Milena Urrutia Pérez</b></a> ocupará el cargo de ministra de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC) del Gobierno del presidente Gustavo Petro.Sin embargo, La W conoció <b>un documento y un precedente que podrían enredar el nombramiento de Urrutia </b>en este cargo, ya que podría estar inhabilitada para ocuparlo.El hecho se remota al caso de un <b>exvicecontralor que, en el año 2020, no pudo llegar a un cargo oficial</b> poco después de salir de la Contraloría General de la República. Esto se debió a que, por haber sido integrante de un órgano de vigilancia y control, pesaba sobre él una inhabilidad.Se trata del <a href="https://www.wradio.com.co/tags/ricardo-rodriguez-yee/" target="_blank"><b>abogado Ricardo Rodríguez Yee</b></a>, quien sacó adelante la investigación por el caso Reficar y fue nombrado como<b> gerente del Sistema Integrado de Transporte Público, SITP</b>, en Bogotá. Sin embargo, Rodríguez Yee elevó la consulta ante Función Pública para saber si existía o no una inhabilidad por su ejercicio como contralor, y le dijeron que no.Este documento, que data de septiembre de 2020, dice lo siguiente:“El ex vicecontralor<b> no podrá prestar asesoría, representación o asistencia a organismos o entidades que estuvieron sujetos a la inspección, vigilancia, control o regulación de la entidad</b>, corporación u organismos al que se haya estado vinculado y en los asuntos que tengan relación con las funciones propias del cargo desempeñado, prohibición que atiende al término de dos años”, dice el documento.El concepto también advierte que el ex vicecontralor no podrá, de manera indefinida, “<b>asesorar, representar ni asistir, de manera independiente a personas naturales o jurídicas</b>, respecto a los asuntos concretos de los cuales el servidor conoció en ejercicio de sus funciones”.Además, precisa que, en caso de que el exfuncionario actúe en contravención a la citada prohibición, esta situación<b> podrá ser investigada y sancionada disciplinariamente</b>.Sin embargo, en otro concepto de Función Pública<b> no se habla de prohibición sino de inhabilidades taxativas</b>, según los asuntos que hayan sido manejados por la designada ministra en su labor como contralora en el sector TIC:Dice el documento:Escuche esta noticia en La W: