Recusan a congresistas del Pacto que investigan a Petro en Comisión de Acusación
El representante Christian Garcés considera que, al ser de la misma coalición que el presidente, carecen de “imparcialidad y objetividad”.
![Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images.](https://www.wradio.com.co/resizer/v2/A2XRNUUKHNHGRABETEV5JWHCHY.jpg?auth=caefb4420a36ec87e9f816550a39e77a620f63dd37740e7a77efe566e8a70806&width=650&height=488&quality=70&smart=true)
Gustavo Petro, presidente de Colombia. Foto: Sebastian Barros/NurPhoto via Getty Images. / Sebastian Barros
Son varias las denuncias que han sido radicadas ante la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes en contra del presidente Gustavo Petro por cuenta de los explosivos audios en las que el saliente embajador de Colombia en Venezuela, Armando Benedetti, habla del presunto ingreso irregular de $15.000 millones a la campaña del hoy jefes de Estado.
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Esas investigaciones quedaron en manos de tres congresistas, dos de ellos del Pacto Histórico y es por eso que el representante Christian Garcés, del Centro Democrático, afirma que, al ser de la misma coalición del presidente, no deberían ser quienes lo investiguen.
“He presentado denuncia y ahora recusación contra los representantes Alirio Uribe y Gloria Arizabaleta, quienes hacen parte de la coalición del Pacto Histórico y no deberían, no pueden estar en la terna que se va a encargar de hacer el estudio y el trámite de las denuncias”, indicó Garcés.
El congresista considera que se estaría configurando un claro conflicto de Interesa en medio de la investigación por la presunta violación de los topes de campaña y otros delitos electorales, pues, además, la representante Arizabaleta es del Valle del Cauca, región en la que, según la información conocida hasta el momento, se habrían invertido los mencionados recursos.
“Incurren en las causales de conflicto de interés que se señalan en los numerales 1, 11, 15 y 16 del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 ‘Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo’, y por tanto no tienen las condiciones mínimas de imparcialidad y objetividad para garantizar el avance de un proceso jurídico garantista que respete el derecho al debido proceso”, agregó.