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Fiscalía tendrá que reparar a mujer a la que investigó ilegalmente por aborto en Boyacá

El Consejo de Estado condenó al ente investigador por haber emprendido toda una ofensiva penal, por más de un mes, en contra de una menor de dieciséis años en 2004.

Foro 2023 “Los retos de la justicia colombiana”. Foto: Getty Images.

Foro 2023 “Los retos de la justicia colombiana”. Foto: Getty Images. / RUNSTUDIO

Hace veinte años, la Fiscalía investigó en Boyacá a una joven de último grado de bachillerato. La menor de quince años había decidido abortar, a lo que la Fiscalía respondió con un proceso penal que tardó un mes y cinco días, pese a que la normativa nacional establece un régimen diferencial para quienes no hayan cumplido dieciocho años.

El deber del ente acusador era remitir el caso a un juzgado de menores apenas conociera la edad de la joven. Sin embargo, no lo hizo, sino que manejó una actitud, de acuerdo con el Consejo de Estado, “terca, obstinada e intransigente”. Por un mes, la Fiscalía adelantó operativos con el CTI en el colegio de la niña y buscó declaraciones de personas cercanas.

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Las declaraciones, que también incluyeron el testimonio de la estudiante, se dieron sin asesoría adecuada y sin el acompañamiento de adultos responsables. Además, incluyeron preguntas que ignoraron enfoques diferenciales de género o de edad, pues buscaron abordar, por ejemplo, el historial de relaciones sexuales de la menor.

“No cabe duda de que las averiguaciones sobre los antecedentes de la vida sexual de la menor no aportaban nada a la investigación y sí, por el contrario, constituían una intromisión innecesaria, violenta y desproporcionada en la vida íntima de la menor”, reseñó el alto tribunal sobre los interrogatorios de la Fiscalía, que calificó como “una intrusión del Estado”.

El proceso contra la joven inició el 8 de septiembre de 2004. Solo el 13 de octubre la Fiscalía remitió el caso a un juzgado de menores que adelantó una nueva investigación, con más privacidad y más apego a los derechos de la niñez, y absolvió a la niña el 27 de junio de 2005. Dos años después la familia de la procesada demandó al ente acusador.

La búsqueda de reparación tardó siete años en primera instancia. El Tribunal Administrativo de Boyacá negó las pretensiones, así que la decisión fue apelada. El Consejo de Estado tardó otros diez años en llegar a una conclusión. La orden de la alta corte es que la Fiscalía otorgue una reparación económica a la mujer y adelante un acto para pedir perdón.

Actualmente, la mujer tiene 35 años. La Fiscalía tiene dos meses para informarle al Tribunal de Boyacá cómo será el evento de desagravio, para el que Valeria tendrá que autorizar si desea que sea privado o público. La entidad deberá “reconocer que existió un atropello” a los derechos de la joven.

El Consejo de Estado constató que las actuaciones de la Fiscalía hace veinte años revictimizaron a Valeria ante sus familiares y amistades, irrespetaron sus derechos y utilizaron “estereotipos, prejuicios y sesgos de género”. “Lo anterior deja en evidencia un afán, quizá desmesurado”, por perseguir el delito del aborto, aseveró el Consejo.

“La Fiscalía General de la Nación le causó un daño reparable a la menor Valeria Sierra, comoquiera que tuvo que resistir, de manera ostensiblemente ilegítima, el hostigamiento y la persecución del Estado, lo que, a su vez, evidenció un atropello en el interés superior del menor y, específicamente, en la integridad y dignidad de Valeria*”, señaló el Consejo.

Con ese daño, la entidad penal “afectó desproporcionadamente a una menor de edad en la que confluyeron dos condiciones de especial vulnerabilidad y, en consecuencia, protección: ser mujer y ser menor de edad”. La investigación de hace veinte años “incluyó violencia, discriminación, prejuicios, estereotipos, sesgos y estigmatización”.

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