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Estos son los productos plásticos que no quedaron prohibidos desde el 7 de julio

A pesar de que se contempla sustituir más de 10 tipos de plástico de un solo uso en el país, por el momento la transición iniciará con 6 productos que serán descontinuados a partir del 7 de julio del 2024.

Plástico de un solo uso. Foto: Getty Images.

Plástico de un solo uso. Foto: Getty Images. / athima tongloom

El pasado 7 de julio entró en vigencia uno de los componentes de la ley de los denominados productos plásticos de un solo uso (Ley 2232 de 2022), que corresponde a la sustitución hacia alternativas sostenibles biodegradables, recicladas o reutilizables de las siguientes seis categorías de productos:

1. Bolsas de punto de pago.

2. Bolsas para lavanderías, periódicos, listas, facturas y publicidad.

3. Rollitos de bolsas vacías para empacar productos a granel en establecimientos comerciales.

4. Pitillos y mezcladores.

5. Copitos.

6. Palillos para sujetar globos.

A raíz de la confusión por los productos que se pueden o no seguir utilizando, Acoplásticos dio a conocer de manera detallada el listado de productos plásticos que se pueden seguir comercializando y distribuyendo con total normalidad y sin ningún tipo de restricción.

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¿Cuáles son los productos plásticos que no quedaron prohibidos desde el 7 de julio?

  • Platos.
  • Bandejas.
  • Cuchillos.
  • Tenedores.
  • Cucharas.
  • Vasos.
  • Guantes para comer.
  • Envases o empaques y recipientes para contener alimentos o bebidas para consumo inmediato o aquellos utilizados para llevar o para entregas a domicilio.
  • Adicionalmente, se puede seguir comercializando y distribuyendo con normalidad cualquier otro tipo de empaque, envase o embalaje.

De acuerdo con Daniel Mitchell, presidente de Acoplásticos, “es importante que todas las plantas o establecimientos comerciales que fabriquen o que comercialicen o utilicen productos plásticos presten especial atención a los productos y sus alternativas sostenibles que efectivamente pueden continuar en el mercado sin ninguna restricción.”

¿Cuál es la multa por comercializar los productos plásticos que quedaron prohibidos?

De acuerdo con la Ley 2232, los ciudadanos o empresas que comercialicen los productos previamente enlistados o los reemplacen por otros de material como papel, tendrán sanciones regidas por las autoridades ambientales:

  • Multas desde los 100 hasta los 50.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Se decomisará la totalidad de los productos prohibidos que tenga en su inventario.
  • Clausura del establecimiento de forma temporal por un periodo máximo de un mes.
  • En casos extremos o de reiterada infracción se puede llevar a la clausura definitiva del establecimiento.

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