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¿Cuál es el interés por mora en arrendamientos en 2024?

Vivir en arriendo en Colombia implica una serie de responsabilidades tanto para el arrendador como para el arrendatario.

Arriendo en Colombia, imagen de referencia. Foto: GettyImages

Arriendo en Colombia, imagen de referencia. Foto: GettyImages / Nelson Hernandez Chitiva

Vivir en arriendo en Colombia es una opción común para muchos ciudadanos y también para extranjeros residentes. Los contratos de arrendamiento en Colombia están regulados principalmente por el Código Civil Colombiano, que establece las responsabilidades y derechos tanto del arrendador como del arrendatario.

El arrendador es el propietario del inmueble y tiene la responsabilidad de garantizar que el inmueble esté en condiciones adecuadas para su uso. Por otro lado, el arrendatario es la persona que alquila el inmueble y tiene la responsabilidad de pagar la renta acordada y mantener el inmueble en buen estado, tal como le debió haber sido entregado.

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Vivir en arriendo en Colombia implica una serie de responsabilidades tanto para el arrendador como para el arrendatario.

Ambas partes deben estar conscientes de sus roles y responsabilidades desde la ejecución y firma del contrato de arrendamiento, especialmente en lo que respecta a los pagos de cada mes.

Interés por mora en arrendamientos en 2024

Este interés se aplica, básicamente, cuando el arrendatario se comienza a demorar en los pagos mensuales.

Así lo explica el artículo 30 de la ley 675 de 2001, que dice que “el no pago de expensas comunes, en el término fijado en el reglamento de propiedad horizontal, o en su defecto por la asamblea general de propietarios, causará intereses de mora equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente”.

Ahora, según la Secretaría de Hacienda de Bogotá, la tasa de usura vigente entre el 1 y 30 de septiembre de 2024, y según lo informado por la Superintendencia Financiera, es de 25,85% efectivo anual, “equivalente a 1.5 veces la tasa de interés para créditos de consumo y ordinario establecida mediante Resolución No. 1688 de 2024″.

Así las cosas, Hacienda Bogotá puntualizó que “la tasa de interés moratoria vigente para el mes de septiembre de 2024 es de 26,85% efectivo anual”.

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