Ordenan demoler mansión que invadió reserva forestal en cerros orientales de Bogotá
Además, el tribunal condenó a 58 meses de prisión a Luz Lastenia López de Soler por haber construido esta edificación,
W Radio conoció en primicia que el Tribunal Superior de Bogotá condenó a 58 meses (4 años y 8 meses) de prisión a Luz Lastenia López de Soler, por haber construido una gigantesca mansión en zona de reserva forestal y sin las licencias ambientales ni de construcción en los cerros orientales de Bogotá.
La empresaria, actuando como representante legal de Team Sol S.A.S., ejerció actos propios de ese rol para edificar una mansión de alto valor en los predios «Los Rosales» del sector «El Bagazal», ubicado en la Calle 76 No. 2 - 6 D Este de Bogotá.
Según se logró probar, entre los años 2014 y 2018, efectuó actividades de deforestación y construyó el proyecto urbanístico denominado «Monte D’Oro», sin contar con los permisos y/o autorizaciones para adelantar esas obras, como quiera que son áreas de especial protección por ser zonas de reserva forestal de los Cerros Orientales de Bogotá y un ecosistema estratégico.
La ostentosa residencia, que está ubicada en los predios de El Bagazal, tiene un terreno de 6934 m2 y 1058.4 m² de área construida por orden del alto tribunal será demolida.
Debido a esto, fue condenada en segunda instancia por el delito de urbanización ilegal agravada; sin embargo, se le concedió la prisión domiciliaria.
“CONDENAR a Luz Lastenia López de Soler, como autora del delito de urbanización ilegal agravada, a la pena de 58 meses de prisión e inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones públicas por igual lapso”, agregó que “se le impone multa de 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos”.
Igualmente, se ordenó la demolición de la mansión.
“REVOCAR el ordinal cuarto de la sentencia de primera instancia, esto es, la negativa del restablecimiento de derecho pretendido por las víctimas, para en su lugar, una vez en firme esta decisión, DISPONER por conducto de la autoridad competente la demolición del predio Monte D’Oro Lote B-El Bagazal, con matrícula inmobiliaria 50C-1229359 y con la nomenclatura de dirección calle 76#2-60, este, de Bogotá”, se lee en el fallo.
Durante varios años, la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca y la Fiscalía General de la Nación trataron de demostrar no solo la ilegalidad de la construcción, sino también el daño ambiental generado a los cerros orientales.
Precisamente, esa lucha judicial fue iniciada por la Secretaría de Ambiente Distrital, representada por el abogado penalista Felipe Alzate, quien logró que la empresaria Luz Lastenia López de Soler, quien construyó la lujosa vivienda, fuera condenada en un fallo de segunda instancia y que además se ordenara la demolición de la edificación.
“La decisión del Tribunal Superior de Bogotá marca un hito en la efectiva tutela de los derechos ambientales y evidencia el compromiso que desde la Secretaría Distrital de Ambiente hemos asumido en la protección de los Cerros Orientales”. La integridad de este entorno es crucial para la biodiversidad y el bienestar de la comunidad bogotana, aún más, en tiempos donde el cambio climático es más que evidente y preocupante”, señaló Alzate en diálogo con W Radio.