Corte IDH señaló que decisión del CNE contra campaña de Petro no vulnera sus derechos
El tribunal consideró improcedente la solicitud de los abogados al concluir que la resolución del Consejo Nacional Electoral no pone en riesgo el fuero constitucional del presidente.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró improcedente una solicitud de los abogados del presidente Gustavo Petro con la cual buscaban medidas cautelares en su favor, tras considerar que la resolución del Consejo Nacional Electoral (CNE) que abrió investigación contra su campaña por presunta vulneración de tope de gastos, vulneraba sus derechos.
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En la solicitud, los abogados del jefe de estado aseguraban que el CNE no tiene competencia para investigarle debido a su fuero constitucional, y pedían la adopción de medidas para evitar que se impidiera el cumplimiento de la sentencia del 2020 que protegió sus derechos.
Pero, a juicio del tribunal internacional, la petición era improcedente. Primero, porque esta resolución del CNE a juicio de los jueces de la Corte no tiene relación alguna con el proceso por el que se emitió la sentencia: la suspensión de la Procuraduría cuando era alcalde de Bogotá.
Segundo, para los jueces de la Corte Interamericana, la resolución del Consejo Nacional Electoral no vulnera los derechos políticos del presidente Gustavo Petro.
Así lo señalaron: “De la información aportada en esta solicitud de medidas provisionales no surge que el órgano administrativo en cuestión tenga la facultad de inhabilitar o restringir los derechos políticos de un funcionario electo popularmente”.
Por esto entonces agregaron que “consecuentemente, la Corte considera que la referida solicitud no tiene relación con el objeto del caso ni con la implementación de alguna de las tres garantías de no repetición de adecuación normativa ordenadas en el Fallo”.