Impuesto ICA en Bogotá: pago y declaración vence el 17 de enero de 2025, ¿cómo pagarlo?
Usted puede pagar el impuesto ICA tanto de manera virtual, como de manera presencial.
Año tras año cada colombiano contribuyente cuenta con determinadas obligaciones tributarias que debe cumplir para estar al día en las cuentas con el Estado.
Estas obligaciones van relacionadas con el pago de los diferentes impuestos en cada ciudad del país.
Es así como aparecen en el panorama términos como impuesto predial, impuesto vehicular, declaración de renta, entre otros.
Sin embargo, hay ciudades que cuentan con sus respectivos impuestos, es el caso de Bogotá con el ICA.
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¿Qué es el ICA?
Según explica la Secretaría de Seguridad de Bogotá en su página web, el ICA es “el Impuesto de Industria y Comercio, el cual se genera por la realización de actividades industriales de forma directa o indirecta, comerciales o de servicios, que se desarrollan de manera permanente u ocasional”.
¿Quiénes deben pagar el ICA?
En línea con lo anterior, la misma entidad ya mencionada explica en ese mismo artículo que quienes deben pagar este impuesto son los “trabajadores independientes que ejercen profesiones liberales: abogados, contadores, revisores fiscales, etc”.
Ahora, el plazo para pagar este impuesto en Bogotá está por vencer, pues la fecha se cumple este viernes, 17 de enero.
En concordancia con lo anterior, la Secretaría de Hacienda, por medio de sus diferentes canales de comunicación, hizo el llamado a los contribuyentes para que cumplan con esta obligación tributaria.
“Hasta este viernes 17 de enero de 2025, los agentes retenedores del impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros (ICA) que hayan practicado retenciones en el sexto bimestre de 2024, correspondiente a noviembre y diciembre, podrán declarar y pagar su obligación”, se cita en la página web de la Alcaldía de Bogotá.
Estas son las obligaciones de un agente de retención del impuesto de Industria y Comercio (ICA)
La Alcaldía de Bogotá también menciona que estas personas contribuyentes deben “cumplir con la expedición anual de un certificado de retenciones que incluya los siguientes datos:”
- Año gravable y ciudad donde se consignó la retención.
- Apellidos y nombre o razón social y NIT del retenedor.
- Dirección del agente retenedor.
- Apellidos y nombre o razón social y NIT de la persona o entidad a quien se le practicó la retención.
- Monto total y concepto del pago sujeto a retención.
- Concepto y cuantía de la retención efectuada.
- La firma del pagador o agente retenedor.
¿Cómo pagar el ICA?
Si usted debe pagar el ICA siga estos pasos:
- Ingrese a la página web de la Secretaría Distrital de Hacienda de Bogotá (SDH).
- Luego, vaya a la parte superior de la web y haga clic en el botón ‘Pagos Bogotá’.
- Posteriormente, haga clic en el botón que dice ‘Impuesto de Industria y Comercio’.
- Una vez allí siga lo que la página le va solicitando para realizar el pago de ese impuesto o descargar su recibo para realizar el pago de manera presencial.