Colombia y Estados Unidos firmaron acuerdo clave sobre TLC: disputas de inversión fueron aclaradas
Según MinComercio, esta nota “aclara la interpretación correcta que debe hacerse a ese Capítulo 10, que es el que aborda lo relacionado con inversiones”.
Este 16 de enero, el ministro de Comercio, Industria y Turismo, Luis Carlos Reyes Hernández, y la representante comercial de Estados Unidos, Katherine Tai, formalizaron la firma de la Decisión 9 de la Comisión de Libre Comercio, en la que ambos países suscribieron una nota interpretativa sobre algunos aspectos del capítulo de inversión.
Esta revisión aclaró las dudas en torno al futuro del Tratado de Libre Comercio (TLC), ya que se informó que esta nota, una herramienta contemplada dentro del Acuerdo, “aclara la interpretación correcta que debe hacerse a ese Capítulo 10, que es el que aborda lo relacionado con inversiones”.
Con este acuerdo, aclaró el MinComercio, se logra un mayor balance entre los intereses de los Estados y los inversionistas, beneficiando a las sociedades de ambos países. Además, no se afectan los incentivos a la inversión extranjera directa que pueda llegar de Estados Unidos.
Dicho capítulo, agregó el Ministerio de Comercio, se refiere específicamente a lo que tiene que ver con las disputas inversionista-Estado y, por lo tanto, “no modifica el texto original del Tratado, es decir, mantiene las mismas protecciones”.
El ministro Reyes explicó que esta aclaración resulta importante “tanto para las expectativas de los inversionistas, como para los compromisos de los Estados y para la resolución de controversias por parte de jueces y autoridades nacionales, y árbitros internacionales”.
Adicionalmente, la nota aclaró para todos los interesados los compromisos de protección que asume cada Estado frente a eventuales ambigüedades que surjan en medio del Acuerdo. Incluso, agregó la nota, “se han identificado términos que pueden llevar a malas interpretaciones de los compromisos pactados en el inicio del acuerdo que pueden derivar en demandas frívolas o abusos por parte de inversionistas que buscan sacar partido”.
De este modo, la nota reafirma el derecho que tiene cada país de “emitir nuevas regulaciones en cumplimiento legítimo del desarrollo de sus políticas públicas” y en defensa del interés público, “como por ejemplo la protección al medio ambiente”.
Así, el documento dejó en firme que, si las inversiones no se ajustan a las normas internas del país receptor, “no se beneficiarán de la protección”. No obstante, cabe aclarar que esto excluye la protección de inversiones ilícitas.