¿Cómo pensionarse anticipadamente en Porvenir? Así funciona para este fondo privado
Recuerde que la reforma pensional aprobada en 2024 entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2025.
Año tras año en Colombia son millones de ciudadanos los que han aportado durante toda su vida para su pensión obligatoria a través de los diferentes fondos privados o Colpensiones (público).
Y es que en nuestro país todo ciudadano nacional tiene el derecho a un sistema o régimen pensional.
Este tiene como objetivo garantizar a la población el amparo contra las determinadas consecuencias o limitaciones que trae la vejez, la invalidez o la muerte, mediante el reconocimiento de una pensión y prestaciones determinadas en la Ley.
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Como se mencionó anteriormente, hay fondos privados y uno de esos es Porvenir.
A raíz de todo lo anterior, surge la duda de si en este fondo las personas se pueden pensionar anticipadamente.
¿Se puede pensionar anticipadamente en Porvenir?
La respuesta es sí. “En los Fondos Privados de Pensiones como Porvenir puedes optar por pensionarte de manera anticipada, es decir, antes que cumplas los 57 años (mujeres) o 62 años (hombres)“.
La institución misma explicó que “cuando se está en un fondo privado, las semanas cotizadas o la edad no son un impedimento para pensionarse”.
Sin embargo, para poder hacerlo se deben cumplir unos requisitos.
¿Cómo pensionarse anticipadamente en Porvenir? Requisitos
El requisito base para poder hacerlo es “reunir un capital que le permita financiar una pensión de por lo menos un 110% de 1 SMLMV (Salario Mínimo Legal Mensual Vigente)”.
Si usted trabaja para una empresa, “el empleador realizará los aportes mensuales equivalente a un 16% del salario hasta 4 salarios mínimos, de los cuales el empleador aportará el 12% y usted el 4% restante”.
Por otro lado, si se es independiente, debe “realizar la totalidad de los aportes a pensión obligatoria equivalentes al 16% del salario hasta 4 salarios mínimos”.
Por otro lado, usted debe recordar que la reforma pensional aprobada en 2024 entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2025.
¿Cómo funciona la cotización a pensión con la reforma pensional?
La Ley 2381 señala que el Sistema de Protección Social para la Vejez entrará en vigor el primero de julio de 2025. Hasta entonces, Colpensiones debe ajustar su logística para encarar sus nuevas funciones y algunos usuarios deben transitar entre administradoras.
El sistema pensional actual permite a cualquier persona empleada escoger su fondo de pensiones, que puede ser Colpensiones o una AFP. A partir del primero de julio, solo una fracción de todas las personas cotizantes podrán escoger, así:
- Todas las personas afiliadas al sistema cotizarán en Colpensiones. Si el usuario gana hasta 2,3 salarios mínimos, $3′274.050 en 2025, todo su ahorro para su jubilación —el 16% de su sueldo al mes— irá al órgano estatal, y eso es el componente de prima media.
- Quienes ganen más de esa cifra, de todos modos, tendrán que enviar el 16% de los 3′274.050 a Colpensiones, y el 13,2% del excedente deberá ir a la ACCAI escogida. Otro porcentaje irá al Fondo de Ahorro del Pilar Contributivo, otro nuevo elemento de la reforma.