¿El auxilio de transporte se tiene en cuenta para liquidar vacaciones? Fórmula y ley explicada
¿Cómo se paga el auxilio de transporte y en qué casos no hace parte de la nómina? Conozca los factores por los que no le pagarían este beneficio.
El presidente de Colombia, Gustavo Petro, decretó un aumento del 9,54% en el salario mínimo para el año 2025, estableciendo una cifra base de 1.423.500 pesos mensuales. Este incremento representa una subida de 123.500 pesos respecto al salario mínimo del año anterior.
Sumando el auxilio de transporte, el ingreso total mensual para los trabajadores que devengan este salario será de 1.623.500 pesos.
El decreto, emitido el pasado 24 de diciembre, se realizó tras no alcanzarse un consenso entre los gremios empresariales y sindicales durante las negociaciones.
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¿El auxilio de transporte se tiene en cuenta para liquidar vacaciones?
El auxilio de transporte, un componente clave para muchos trabajadores colombianos, también se ajustó de manera proporcional al aumento del salario mínimo.
Para 2025, este subsidio quedó fijado en 200.000 pesos mensuales, frente a los 162.000 pesos establecidos en 2024. Este aumento representa una variación de 38.000 pesos, equivalente al 23,46% de incremento respecto al año anterior.
El auxilio de transporte no se incluye para el cálculo de las vacaciones, esto porque está diseñado para aliviar los costos de desplazamiento de los trabajadores entre su lugar de residencia y su lugar de trabajo, y en las vacaciones no se utilizaría.
Es importante que tenga claros estos puntos sobre el auxilio de transporte, para entender mejor cómo se paga en el salario:
- No hay derecho al auxilio en dinero, de igual forma tampoco aplica cuando el servicio de transporte lo presta el jefe o la empresa, o cuando el trabajador no lo necesita realmente, como sucede en los casos en los que el empleado trabaja remoto.
- Cuando el total devengado supera los dos salarios mínimos se debe pagar el auxilio de transporte solo si el exceso de dos salarios mínimos obedece al pago de horas extras, trabajo dominical o trabajo festivo.
- El auxilio de transporte debe incluirse en la liquidación de la prima de servicios y el auxilio de cesantías, es decir, forma parte de la base de las prestaciones sociales, sin embargo, no constituye salario.
- En caso de que el trabajados falte al trabajo uno o más días el empleador podrá descontarle lo que corresponde a esos días, y reconocerle un pago proporcional del auxilio de transporte de acuerdo a los días efectivamente trabajados.
- Si la empresa suministra gratuitamente el servicio de transporte, tampoco hay lugar al reconocimiento del auxilio de transporte, pero este debe ser completo, es decir, que debe recoger al trabajador en su casa y llevarlo hasta la empresa.
¿A qué trabajadores se les debe pagar el auxilio de transporte?
El auxilio de transporte es un derecho reconocido por la legislación laboral colombiana para los trabajadores que devengan hasta dos salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
Es importante destacar que este subsidio no aplica para quienes trabajan desde casa o en modalidad de teletrabajo, ya que está condicionado al desplazamiento físico.
También se exceptúan los trabajadores cuya remuneración supera el límite de los dos SMMLV, independientemente de si deben o no desplazarse, siempre y cuando la entidad no suministre el servicio de transporte y el empleado se encuentre ejerciendo sus funciones.
Empresas y empleadores deben garantizar el pago oportuno de este auxilio junto con el salario, ya que su omisión podría generar sanciones legales. Adicionalmente, este componente no se incluye dentro del cálculo de prestaciones sociales como cesantías, intereses de cesantías y primas, lo que lo diferencia del salario base.