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Congreso sesionará el próximo martes para estudiar decreto de conmoción interior

Según lo comunicaron las mesas directivas, el Senado citará a la plenaria para el martes a las 3:00 p.m. y la Cámara a las 10:00 a.m. La principal preocupación en el Legislativo será por posibles nuevos impuestos y la modificación del Presupuesto.

Congreso de la República. Foto: Getty Images

Congreso de la República. Foto: Getty Images / demerzel21

Tras la expedición del decreto de conmoción interior desde la Casa de Nariño, las mesas directivas del Congreso confirmaron que citarán a las plenarias de Senado y Cámara la próxima semana para estudiar las motivaciones de la medida.

Según lo señaló el presidente de la Cámara, Jaime Raúl Salamanca, esa corporación citará a su plenaria a las 10:00 a.m. del día martes, 24 de enero, y desde la secretaría del Senado le confirmaron a este medio que sesionarán a las 3:00 p.m.

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De acuerdo con la Constitución y la Ley 137 de 1994, de manera categórica, el Legislativo está obligado a reunirse dentro de los tres (3) días siguientes a la declaratoria del estado de conmoción interior.

Ahora, el domingo no es día hábil, por eso, el plazo para la citación es el día martes, tres días siguientes tras la expedición.

Durante dicha sesión, el Gobierno deberá presentar las razones que lo llevaron a convocar la emergencia, mientras que el Congreso tendrá que evaluar la pertinencia de estas justificaciones y determinar si se ajustan o no a las circunstancias de la crisis. Se espera que esa presentación la haga el ministro de Interior, Juan Fernando Cristo.

Ahora, se prevé que la discusión se concentre en las capacidades que pueda darle el decreto al presidente Petro para crear nuevos impuestos y modificar el Presupuesto General de La Nación (PGN) para 2025.

De hecho, el representante Andrés Forero, del Centro Democrático, ya aseguró: “Hay que estar muy atentos para que el Gobierno no instrumentalice la crisis para pasar su tributaria por la puerta de atrás”.

Esto, basándose en las consideraciones del documento, en donde se establece lo siguiente: “el PGN para la vigencia 2025, la limitación en los ingresos legalmente autorizados, así como las inflexibilidades en el gasto, dificultan el redireccionamiento urgente de los recursos del PGN requeridos para superar la grave situación de orden público, sin afectar de manera significativa el gasto público social como mandato constitucional”.

Punto y seguido, se agregó: “dada la excepcionalidad de la situación, el Gobierno nacional deberá recurrir a recursos fiscales extraordinarios ya modificaciones del PGN, con el objeto de financiar, por una parte, las acciones y capacidades de la Fuerza Pública para el restablecimiento del orden público y, por otra, los proyectos y programas de inversión social, priorizando los concertados con las autoridades regionales, locales y étnicas, lo mismo que con las organizaciones sociales en los sectores productivo, de infraestructura, educación, salud y ordenamiento del territorio”.

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