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Cuando una empresa se declara insolvente, ¿quién le paga a los empleados y asume las deudas?

Conozca la ley que establece la insolvencia económica y que procesos se ejecutan.

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Imagen de referencia de Getty Images / boonchai wedmakawand

En Colombia, cuando una empresa se declara insolvente, se activa el régimen judicial de insolvencia establecido por la Ley 1116 de 2006. Este régimen tiene como objetivo principal la protección del crédito y la recuperación y conservación de la empresa como unidad de explotación económica y fuente generadora de empleo, a través de los procesos de reorganización y de liquidación judicial.

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Procesos de Insolvencia

La Ley 1116 de 2006 contempla dos procesos principales para manejar la insolvencia empresarial:

Reorganización: Este proceso busca, mediante un acuerdo, preservar empresas viables y normalizar sus relaciones comerciales y crediticias, a través de la reestructuración operacional, administrativa, de activos o pasivos.

Liquidación Judicial: Este proceso persigue la liquidación pronta y ordenada de la empresa, buscando el aprovechamiento del patrimonio del deudor para satisfacer las deudas pendientes.

Prioridad en el pago de acreencias

En ambos procesos, las deudas de la empresa se clasifican para determinar el orden de pago a los acreedores. Las obligaciones laborales, como salarios y prestaciones sociales, tienen una prelación especial. Según el artículo 71 de la Ley 1116 de 2006, las obligaciones causadas con posterioridad a la fecha de inicio del proceso de insolvencia se consideran gastos de administración y tienen preferencia e su pago.

Sin embargo, es importante destacar que, durante el proceso de reorganización, no es posible realizar el pago de acreencias laborales sin la autorización de la Superintendencia de Sociedades. Esto se debe a que la empresa debe seguir un plan de pagos aprobado que garantice el trato equitativo de todos los acreedores.

Responsabilidad en el Pago a los Empleados

Durante el proceso de insolvencia, la empresa sigue siendo responsable de sus obligaciones laborales. La insolvencia no exime al empleador del pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones. Incluso en situaciones de iliquidez, el empleador debe buscar mecanismos para cumplir con estas obligaciones. La Corte Constitucional ha señalado que la terminación de los contratos de trabajo sin que se requiera autorización judicial no exonera al empleador del pago de las indemnizaciones correspondientes.

En caso de que la empresa no pueda cumplir con sus obligaciones laborales, los empleados pueden presentar sus reclamaciones dentro del proceso de insolvencia para ser reconocidos como acreedores. La Superintendencia de Sociedades es la entidad encargada de supervisar y coordinar estos procesos, asegurando que se respeten los derechos de los trabajadores y se sigan los procedimientos establecidos.

Cuando una empresa en Bogotá o en cualquier parte de Colombia se declara insolvente, es la propia empresa la que, bajo la supervisión de la Superintendencia de Sociedades, debe asumir la responsabilidad de pagar a sus empleados y atender sus deudas. Las obligaciones laborales tienen una prelación especial en el orden de pago, y la insolvencia no exime al empleador de estas responsabilidades. Es fundamental que las empresas y los empleados conozcan sus derechos y obligaciones dentro del régimen de insolvencia para garantizar una gestión adecuada y equitativa de la situación.

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