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Calendario tributario 2025: ¿Cuáles son los topes para 2025? Esto estableció la DIAN

Conozca, también, las fechas en las que deberá cumplir con estas responsabilidades económicas.

Imagen de referencia de Getty Images y DIAN.

Imagen de referencia de Getty Images y DIAN.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha publicado el calendario tributario para el año 2025, detallando las fechas y topes que los contribuyentes en Colombia deben tener en cuenta para cumplir con sus obligaciones fiscales.

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¿Cuáles son los topes para 2025?

La DIAN ha establecido los siguientes topes para determinar la obligación de declarar y pagar impuestos en 2025:

  • Personas Naturales: están obligadas a declarar renta si sus ingresos brutos anuales superan las 1.400 Unidades de Valor Tributario (UVT).
  • IVA: deben declarar este impuesto los contribuyentes cuyos ingresos brutos anuales superen las 3.500 UVT.
  • Régimen Simple de Tributación (RST): el límite máximo de ingresos brutos anuales para pertenecer a este régimen es de 100.000 UVT.

Declaración de Renta

Grandes Contribuyentes:

  • Primera cuota: la presentación y pago de la primera cuota deben realizarse entre el 9 y el 24 de abril de 2025, según el último dígito del NIT.
  • Segunda cuota: el pago de la segunda cuota está programado entre el 11 y el 25 de junio de 2025, también dependiendo del último dígito del NIT.
  • Tercera cuota: la tercera cuota debe ser pagada entre el 9 y el 22 de julio de 2025, siguiendo el mismo criterio del NIT.

Personas Jurídicas:

  • Declaración y primera cuota: las personas jurídicas deben presentar su declaración y realizar el pago de la primera cuota entre el 12 y el 23 de mayo de 2025, de acuerdo con el último dígito del NIT.
  • Segunda cuota: el pago de la segunda cuota está programado entre el 9 y el 22 de julio de 2025, según el último dígito del NIT.

Personas Naturales:

  • Declaración y pago: las personas naturales deben presentar su declaración y realizar el pago entre el 12 de agosto y el 29 de octubre de 2025, dependiendo del último dígito del NIT.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

Régimen Bimestral:

  • Enero - Febrero: declaración y pago entre el 11 y el 25 de marzo de 2025.
  • Marzo - Abril: declaración y pago entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
  • Mayo - Junio: declaración y pago entre el 11 y el 25 de julio de 2025.
  • Julio - Agosto: declaración y pago entre el 9 y el 22 de septiembre de 2025.
  • Septiembre - Octubre: ddeclaración y pago entre el 12 y el 26 de noviembre de 2025.
  • Noviembre - Diciembre: declaración y pago entre el 13 y el 26 de enero de 2026.

Régimen Cuatrimestral:

  • Enero - Abril: declaración y pago entre el 12 y el 23 de mayo de 2025.
  • Mayo - Agosto: declaración y pago entre el 9 y el 22 de septiembre de 2025.
  • Septiembre - Diciembre: declaración y pago entre el 13 y el 26 de enero de 2026.

Consideraciones Adicionales

Es importante que los contribuyentes tengan en cuenta las siguientes recomendaciones para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias en 2025:

  • Actualización de Información: mantener actualizada la información registrada ante la DIAN, incluyendo dirección, correo electrónico y actividad económica, para recibir oportunamente las notificaciones y comunicaciones.
  • Medios Electrónicos: utilizar los servicios en línea de la DIAN para la presentación de declaraciones y pagos, lo que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias y reduce posibles errores.
  • Asesoría Profesional: consultar con un asesor tributario o contador público para asegurar el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales y aprovechar los beneficios tributarios aplicables.
  • Revisión de Normatividad: estar atento a posibles cambios en la normatividad tributaria que puedan afectar las obligaciones fiscales durante el año 2025. ara más detalles y el calendario completo de vencimientos, se recomienda consultar el documento oficial publicado por la DIAN.

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