MinAgricultura calificó de injustificados los cuestionamientos sobre expropiación administrativa
La cartera agrícola aseguró que con los tres decretos que adoptó en el marco de la conmoción interior, sólo buscan proteger a la población afectada por la violencia en el Catatumbo.
![Martha Carvajalino, ministra de Agricultura y Desarrollo Rural. | Foto: W Radio](https://www.wradio.com.co/resizer/v2/7XESNGTJZNES3MQ7KKGZ2ELCUM.jpg?auth=1aad553e1f356a0744a851700bf6d0653fe8fe33c5f92e78d64726edd01a84f3&width=650&height=488&quality=70&smart=true)
Martha Carvajalino, ministra de Agricultura y Desarrollo Rural. | Foto: W Radio
Tras la polémica que se generó sobre el Decreto 0108 del 29 de enero de 2025 del Ministerio de Agricultura el cual se adoptó dentro de la conmoción interior y en el que se regula la expropiación administrativa, la misma cartera dio su respuesta respaldando la medida y de paso calificando como de injustificados los cuestionamientos que se han hecho sobre el tema desde diferentes sectores económicos y políticos.
La cartera agrícola, expresó inicialmente que dicho decreto “busca proteger las tierras, el territorio y los activos rurales, y prevenir la acumulación y acaparamiento en el sector agropecuario de la zona que está en medio del conflicto”.
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Así mismo, puntualmente sobre el artículo 4 donde se autorizó la expropiación vía administrativa, el MinAgricutura aseguró que “está dirigido a atender situaciones de desastre y calamidad pública”, reiterando que la medida “ha sido objeto de cuestionamientos injustificados por parte de actores políticos”.
Se reiteró que la medida es aplicable a los procesos de adquisición directa que están en curso y tiene como finalidad conjurar las situaciones que dieron origen a la declaratoria de conmoción interior, y garantizar el retorno y la reubicación de reincorporados a la vida civil y de las víctimas del desplazamiento forzado, ambos sujetos de especial protección constitucional.
En cuanto a sistemas de producción afectados por hechos de violencia, se argumentó que el decreto y artículo en mención busca recuperarlos.
Por el lado del Decreto 107 de 2025, la cartera agrícola expresó que “busca garantizar el derecho humano a la alimentación y el retorno de la población desplazada. Asimismo, promover medidas para la protección de las cadenas productivas en las zonas afectadas, y para el resguardo y custodia de semillas”.
Sobre el Decreto 106 de 2025, se argumentó que “adopta medidas excepcionales para facilitar el acceso al crédito y el financiamiento de actividades agropecuarias, además de aliviar los pasivos que tenga la población y suspender los cobros judiciales en el sector agropecuario”.
Finalmente, en la respuesta el MinAgricultura reiteró que el Catatumbo, Norte de Santander, afronta una situación sin precedentes y que el Gobierno tiene como obligación “proteger a las víctimas de desplazamiento forzado, los sistemas de producción alimenticios y las zonas agrícolas que los producen, además de las cosechas, el ganado, las instalaciones y reservas de agua potable, las obras de riego y, en general, los sistemas de agrologística y de abastecimiento alimentario, garantizando el derecho de la población a una alimentación adecuada”, reiterando que lo anterior se adoptó teniendo en cuenta Protocolo II de los Convenios de Ginebra que desarrolla el Derecho Internacional Humanitario.