Resulta contradictorio y violatorio: defensa de Juan Daniel Oviedo tras fallo que anula su elección
La defensa aclara que Oviedo seguirá ejerciendo su curul de oposición, toda vez que la presunta decisión a la que hacen referencia los medios de comunicación no es definitiva.
![Juan Daniel Oviedo, concejal de Bogotá estuvo en el Festival de las Ideas, libertad regional de ejecución presupuestal, su principal recomendación. I Foto: Caracol Radio](https://www.wradio.com.co/resizer/v2/JDSN4ZOSGVFZFLPIJX6LUGCDGM.jpeg?auth=e42f3e05a7ba9897f151eac7d86a746a1d40d2f8422091346e0ec29e4d731e63&width=650&height=488&quality=70&smart=true)
Juan Daniel Oviedo, concejal de Bogotá estuvo en el Festival de las Ideas, libertad regional de ejecución presupuestal, su principal recomendación. I Foto: Caracol Radio
Por medio de un comunicado, Hollman Ibáñez, el abogado defensor del concejal Juan Daniel Oviedo, aseguró que el fallo contra su cliente “resulta contradictorio y violatorio del debido proceso, toda vez que, frente a los mismos hechos y pretensiones, ya existe una decisión judicial de primera instancia, en el medio de control de pérdida de investidura, en la que se resolvió que el concejal no está inhabilitado”.
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De igual forma, Ibáñez agregó que, de ser cierta la declaratoria de nulidad como concejal, “esta defensa hará uso de cada una de las solicitudes, recursos e instancias pertinentes para que se garanticen los derechos de nuestro defendido”.
Añadió que, “por su lado, también esperamos la pronta resolución por parte de la autoridad judicial de segunda instancia, que conoce del proceso de pérdida de investidura y que ya resultó a favor de Juan Daniel Oviedo Arango”.
Finalmente, dejó claro que Oviedo “seguirá ejerciendo su curul de oposición, toda vez que la presunta decisión a la que hacen referencia los medios de comunicación no es definitiva, pues puede ser objeto de diferentes mecanismos de defensa y también tiene recurso de apelación, es decir, que el asunto solo será resuelto por el magistrado de la Sección Quinta que conozca en segunda instancia”.