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Consejo de Estado confirma que Fuerza Ciudadana pierde su personería jurídica

La alta corte rechazó en segunda instancia una tutela que buscaba dejar sin efectos la sentencia que anuló el reconocimiento de la colectividad. Sólo le queda la posibilidad de que la Corte Constitucional estudie el caso excepcionalmente.

Filtran conversación entre Carlos Caicedo y Rafael Martínez participando, presuntamente, en política. Foto: Cortesía Alcaldía de Santa Marta

Filtran conversación entre Carlos Caicedo y Rafael Martínez participando, presuntamente, en política. Foto: Cortesía Alcaldía de Santa Marta(Thot)

La Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó en segunda instancia el rechazo a una tutela interpuesta por los integrantes del Partido Fuerza Ciudadana, con la cual buscaban tumbar el fallo de nulidad de reconocimiento a la personería jurídica proferido por el mismo alto tribunal en marzo del 2024.

Este partido con sede y origen en el Magdalena es la plataforma política que ha sido liderada por el exgobernador de ese departamento, Carlos Caicedo, y de hecho es el partido del actual gobernador de ese territorio, Rafael Martínez.

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Los magistrados de la Sección rechazaron la tutela al considerar en primer orden que sus argumentos buscaban era plantear una nueva instancia para debatir lo fallado en la sentencia que les retiró la personería jurídica, y no se expuso algún “yerro” o actuación irregular de los magistrados que le quitaron el reconocimiento a Fuerza Ciudadana.

“No se evidencia cómo la decisión judicial acusada constituye una afectación constitucional, en razón a que para conceder el amparo reclamado no basta que se planteen inconformidades frente a la manera como la autoridad judicial desató el litigio, sino que debe acreditarse el yerro de tipo constitucional en que incurrió, lo cual no se demostró” señala el fallo.

Asimismo, la Sección Tercera recordó que al contrario de lo que los miembros de Fuerza Ciudadana planteaban y es que se les aplicara la sentencia de la Corte Constitucional que le devolvió la personería jurídica al Nuevo Liberalismo, en el caso de Fuerza Ciudadana este precedente no es usable puesto que no enfrentaron obstáculos en las elecciones y tampoco fueron víctimas de violencia política.

“Los reproches de la parte demandante reflejan, además de una carencia en la argumentación con miras a demostrar la afectación constitucional que alega, una inconformidad con la manera como el juez natural de la controversia la zanjó, lo cual tampoco habilita el estudio de fondo de la tutela, pues no basta para tal efecto invocar derechos fundamentales que se estiman vulnerados”, determinó la magistratura.

Tampoco prosperó el argumento de la tutela que planteaba que, en dado caso de que no se accediera a las pretensiones se retirara la personería jurídica a unos movimientos políticos y se decidió que la tutela fue presentada tardíamente (más de 6 meses después del fallo de nulidad de la personería jurídica).

El único y último camino que le queda a Fuerza Ciudadana para buscar que le devuelvan su personería jurídica es que la tutela llegue a la Corte Constitucional y de manera excepcional, la seleccione para su revisión.

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