Actualidad

“Los hechos no son graves ni extraordinarios”: mineros piden ‘tumbar’ decreto de conmoción interior

De acuerdo con la ACM, por medio de una valoración a los parámetros que permitirían justificar las medidas excepcionales, la situación en el Catatumbo no es grave ni extraordinaria, y se trata de un problema estructural.

Juan Camilo Nariño | Foto: Prisa Media

Juan Camilo Nariño | Foto: Prisa Media

La Asociación Colombiana de Minería (ACM) por medio de su presidente Juan Camilo Nariño, le solicitó a la Corte Constitucional que se declare la inexequibilidad o caída del Decreto 062, el decreto principal que desató la Conmoción Interior en el Catatumbo.

Para la Asociación, en su exposición, los hechos de violencia y la perturbación del orden público no cumplen los parámetros para ser considerados como graves o extraordinarios. Asimismo, indicaron que no se hace un análisis que explique por qué la situación es excepcional cuando se trata de una zona que ha vivido en permanente conflicto.

“El hecho de señalar que se “acrecentaron confrontaciones armadas” las cuales desataron una “ofensiva contra la población civil” no demuestra, por sí solo, la gravedad e inminencia de los hechos de acuerdo al estándar constitucional. En este caso el Gobierno no realizó una adecuada apreciación de los hechos, pues el acto de declaratoria no refleja un ejercicio de valoración que sustente la magnitud de lo afirmado” plantearon.

Lea también:

Incluso, con cifras en mano expusieron que la cifra de homicidios de los que se tiene noticia en el Catatumbo durante este año (38) no representan un importante aumento con respecto al 2024 y al contrario, se mantienen en la tendencia que se ha venido viviendo (entre 42 y 44 homicidios mensuales).

En el mismo ejercicio también señalaron que los casos de lesiones personales tampoco presentan una situación desbordada y el desplazamiento forzado es un problema constante según lo ha mostrado la Oficina de Asuntos Humanitarios de la ONU (OCHA) en el Catatumbo y otras zonas del país.

“De esta forma, el flagelo del desplazamiento, el confinamiento y el tratamiento al que se alude en el Decreto objeto de revisión, no constituye un asunto sobreviniente e intempestivo, las cifras y las actuaciones de los poderes del Estado demuestran que desafortunadamente este ha sido un flagelo crónico y permanente que requiere de acciones estructurales para superarlo”, señala el informe.

Asimismo, afirmaron que los supuestos riesgos para la infraestructura energética y la actividad agropecuaria no fueron desarrollados y que las manifestaciones que el Gobierno ha mostrado sobre posibles amenazas a la infraestructura de hidrocarburos y eléctrica, “no se escapa al panorama constante que enfrenta la región del Catatumbo y el resto del país”.

Es más, aportando cifras del Ministerio de Defensa, la ACM señaló que los delitos ambientales en la zona no se han disparado ni enfrentan una variación en comparación con años anteriores, y que también, el ejecutivo en el decreto no argumentó debidamente cuáles facultades ordinarias ha aplicado y por qué no han resultado suficientes.

“Sobre esto no sobra recordar lo indicado al inicio de este capítulo, respecto a que el Gobierno admite que las herramientas de las que dispone han “permitido morigerar el impacto de las conductas de las organizaciones armadas ilegales”, con lo cual se concluye que se deben acentuar dichas herramientas ordinarias, para profundizar sus efectos positivos”, indicó la ACM.

Así entonces, para la ACM en cabeza de su presidente Nariño “los hechos que justifican su expedición (decreto 062), según estos parámetros, no son graves ni extraordinarios y tampoco atentan de manera inminente la estabilidad institucional, la seguridad del Estado o la convivencia ciudadana”.

Este es el documento completo de la ACM:

El siguiente artículo se está cargando

Escucha la radioen directo

W Radio
Directo

Tu contenido empezará después de la publicidad

Programación

Señales

Elige una ciudad

Compartir

Más acciones

Suscríbete

Tu contenido empezará después de la publicidad