Fenalco también pide a la Corte Constitucional ‘tumbar’ decreto de conmoción interior en Catatumbo
Para la agremiación, los argumentos planteados por el ejecutivo para tomar medidas extraordinarias no tuvieron la debida justificación y se está ante una situación endémica que debe ser resuelta con medidas ordinarias.

Fenalco y Corte Constitucional. Foto: Suministrada.
La Federación Colombiana de Comerciantes (Fenalco) se unió a otras voces de los gremios que pidieron a la Corte Constitucional declarar inexequible el decreto de conmoción interior en el Catatumbo, señalando falta de motivación para el mismo.
De acuerdo con la postura de Fenalco, que se pliega a la de, por ejemplo, la Andi, el Gobierno no justificó debidamente la necesidad de las medidas extraordinarias y por qué las capacidades normales no resultarían suficientes para conjurar la crisis de orden público y humanitaria.
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“Admitir el ejercicio de estas facultades sin contar con un presupuesto valorativo suficiente y sin demostración de la necesidad de las medidas extraordinarias ante la insuficiencia de las ordinarias, equivale a dotar al ejecutivo de amplísimas facultades discrecionales para asumir el papel del legislativo” se lee.
Para Fenalco, el ejecutivo no explicó por qué las acciones y capacidades de la Fuerza Pública no serían suficientes y la necesidad de restringir derechos como comercialización de bienes y transporte; asimismo, también, desde la Federación, se expuso la preocupación frente a la falta de explicación sobre la necesidad de medios económicos adicionales cuando la ejecución presupuestal del Gobierno no ha sido idónea.
“Tampoco aparece dentro del cuerpo del decreto una exposición que permita demostrar la insuficiencia de medios económicos disponibles para la inversión adicional en la región o la necesidad de contar con flexibilidad para disponer de recursos del sistema general de participaciones o para llevar a cabo modificaciones al presupuesto general nación, máxime cuando se observa que el nivel de ejecución de los recursos presupuestados por el Gobierno Nacional durante el año 2024 fue solo el 57%”, señala el documento.
Adicionalmente, se consideró que los argumentos de falencias en la implementación del Acuerdo de Paz o la presencia de grupos armados y asesinatos, desapariciones, entre otros delitos, se trata de situaciones endémicas que no justifican la declaratoria de conmoción interior. En el mismo sentido, indicaron que los riesgos para la afectación del sector de hidrocarburos y energético no presentan razones precisas.