¿Qué dice la nueva Ley Contra el Ruido y cuándo aplica? Incumplirla da multas de hasta 40 SMLV
Esta Ley Contra el Ruido busca disminuir la contaminación auditiva en las principales ciudades del país.

Imágenes de referencia. Fotos: Getty Images
El Gobierno Nacional sancionó la Ley Contra el Ruido, un proyecto que ya había sido validado en el Congreso de la República y que pasaba a sanción presidencial. Esta iniciativa busca reducir la contaminación auditiva que hay en las principales ciudades del país.
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Uno de los impulsadores de este proyecto es el representante a la Cámara por Antioquia Daniel Carvalho, quien celebró la determinación a través de sus redes sociales.
“Ahora tendremos reglas claras para reducir la contaminación acústica y lograr ciudades más serenas. Esto apenas empieza y estaremos acompañando su implementación efectiva en todo el país”, afirmó.
Según datos de la Policía Nacional, el 70% de los conflictos de convivencia están relacionados con el ruido. Asimismo, la Red Colombiana de Ciudades Cómo Vamos (RCCV) reporta que el 61% de los bogotanos están insatisfechos con los niveles de ruido en su ciudad.
¿Qué dice la ley contra el ruido en Colombia?
En la página web del representante Carvalho se detalla que “según informes de la Red Colombiana de Ciudades Cómo Vamos (RCCV), las principales ciudades como Bogotá, Medellín, Cali y Cartagena son de las más ruidosas del país.”.
Así como también “el 61% de los bogotanos están insatisfechos con el nivel de ruido de la ciudad. En Medellín y el Valle de Aburrá el 48% de los ciudadanos consideran que el ruido es un problema ambiental prioritario y en Cartagena las quejas por ruido aumentaron un 80%.”.
Por último, hay que destacar que según la Organización Mundial de la Salud, la contaminación acústica puede ocasionar diferentes impactos a la salud física y mental como: sordera, ataques de nervios, estrés, ansiedad, presión arterial alta, dolores de cabeza, mareos, ineficiencia o baja productividad en el trabajo, insomnio, entre otros.
¿Cuáles son las multas por incumplir la Ley Contra el Ruido?
El artículo 180 de la ley asegura que el monto de la sanción dependerá de la falta, además se menciona que “la desobediencia, resistencia, desacato, o reiteración del comportamiento contrario a la convivencia, incrementará el valor de la multa, sin perjuicio de los intereses causados y el costo del cobro coactivo”.
De esta manera, se aclara que las multas para la Ley Contra el Ruido se dividen en generales y especiales.
Multas generales
- Multa tipo 1: dos salarios mínimos diarios legales vigentes
- Multa tipo 2: cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes
- Multa tipo 3: ocho salarios mínimos diarios legales vigentes
- Multa tipo 4: 16 salarios mínimos diarios legales vigentes
Multas especiales
Comportamientos de los organizadores de actividades que involucran aglomeraciones de público complejas:
- Entre cien (100) y ciento cincuenta (ISO) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea de hasta trescientas (300) personas.
- Entre ciento cincuenta y uno (lSI) y doscientos cincuenta (250) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea de entre trescientas una (301) Y seiscientas (600) personas.
- Entre doscientos cincuenta y uno (251) y trescientos cincuenta (350) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea entre seiscientas una (601) Y cinco mil personas.
- Entre quinientos (500) y ochocientos (800) salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando el aforo sea superior a cinco mil (5.000) personas.
Infracción urbanística
- Estratos 1y 2: de cinco (5) a doce (12) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Estratos 3 y 4: de ocho (8) a veinte (20) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
- Estratos 5 y 6: de quince (15) a veinticinco (25) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Contaminación visual o ruido que afecte la convivencia
- Multa por 1.1 o 1.2 hasta los 40 salarios mínimos legales mensuales vigentes. Esto dependerá de la gravedad de la infracción.
¿Cómo pagar las multas de la Ley Contra el Ruido?
“Las multas serán consignadas en la cuenta que para el efecto dispongan las administraciones distritales y municipales, y se destinarán a proyectos pedagógicos y de prevención en materia de seguridad, así como al cumplimiento de aquellas medidas correctivas impuestas por las autoridades de Policía cuando su materialización deba ser inmediata, sin perjuicio de las acciones que deban adelantarse contra el infractor, para el cobro de la misma”, señala la norma.