Tribunal abre incidente de desacato contra la canciller Laura Sarabia por desacatar orden judicial
La medida fue adoptada tras el incumplimiento de la suspensión provisional de un decreto de nombramiento en el consulado de Colombia en Ecuador.

Laura Sarabia, canciller de Colombia. Foto: Colprensa.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca abrió un incidente de desacato contra la ministra de Relaciones Exteriores, Laura Sarabia, por no acatar una medida cautelar que suspendía provisionalmente el nombramiento de una funcionaria en el exterior.
La decisión judicial se originó luego de que el Ministerio de Relaciones Exteriores no cumpliera con la suspensión del Decreto 1430 del 27 de noviembre de 2024, mediante el cual se designó a María Camila Ceballos Caicedo como segunda secretaria de Relaciones Exteriores en el Consulado de Colombia en Tulcán, Ecuador.
La magistrada Ana Margoth Chamorro Benavides fue quien adoptó la medida tras rechazar una solicitud de aclaración presentada por la Cancillería. A través del Auto Interlocutorio No. 132, la jueza calificó dicha petición como una acción dilatoria.
“La solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores constituye una maniobra dirigida a dilatar el cumplimiento de la medida cautelar”, indica la providencia judicial.
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En ese sentido, el Tribunal advirtió que la conducta procesal podría acarrear sanciones económicas. Según el fallo, se aplicaría el artículo 60A de la Ley 270 de 1996 —modificado por la Ley 1285 de 2009—, que contempla multas de dos a cinco salarios mínimos a quienes obstruyan el desarrollo normal del proceso.
El caso se remonta a una demanda presentada por la Unión de Funcionarios de Carrera Diplomática y Consular (UNIDIPLO), que cuestionó el nombramiento de Ceballos Caicedo. Los demandantes argumentaron que el decreto vulneró las normas de carrera diplomática al no considerar que existían, al momento del nombramiento, al menos 62 funcionarios elegibles para ocupar ese cargo.
“Era evidente y quedó ampliamente demostrado, sin lugar a duda alguna, que el acto demandado se expidió con desconocimiento de las normas en que debía fundarse”, señala la demanda.
Aunque la Presidencia de la República y el Ministerio apelaron la decisión que suspendió el decreto, el Tribunal ratificó su validez y negó cualquier omisión en el auto emitido el 19 de marzo de 2025.
El Tribunal otorgó un plazo de tres días al Ministerio de Relaciones Exteriores para que ejerza su derecho a la defensa y contradicción. Una vez vencido ese término, se evaluará si hubo desacato por parte de la ministra Sarabia y si se imponen sanciones correspondientes.