Consejo de Estado falló a favor de Megabús en acción legal contra Promasivo
El fallo también libró a Promasivo del pago de reparación por más de 11 mil millones que Megabús había solicitado
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Acción legal entre Megabús y Promasivo / Foto: Oficial Megabús
Este proceso legal que venía vigente desde el año 2016, ya fue resuelto por medio de sentencia del Consejo de Estado en la que dio respuesta a dos solicitudes que se habían realizado entre las partes.
La primera está relacionada con la finalización anticipada del contrato de operación que tenía a cargo la concesión Promasivo al que la empresa Megabús le declaró caducidad por incumplimiento contractual, lo que condujo no sólo a la liquidación unilateral del contrato, sino a ordenar el pago de perjuicios, que según Mebagús, debería ser asumido por las sociedades Sistema Integrado de Transporte SI 99 S.A. y López Bedoya y Asociados Cía.
Dicho pago de perjuicios fue solicitado en la demanda interpuesta por Megabús S.A. por medio de un apartado que indica: “Cuantificar los perjuicios del incumplimiento grave en que ha incurrido el concesionario Promasivo S.A. en liquidación judicial en la suma de ONCE MIL TREINTA Y OCHO MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS PESOS (11.038.045.800)”, que deberían ser requeridos a las sociedades mencionadas por ser los deudores solidarios de la sociedad Promasivo.
En primera instancia, el Tribunal Administrativo de Risaralda estableció que tanto la declaratoria de caducidad del contrato y la liquidación unilateral se ajustaban al ordenamiento jurídico, pero el pago del valor resarcitorio no tenía validez, pues no se había establecido una cláusula penal de incumplimiento.
Pese a que la decisión fue apelada por SI 99, el Consejo de Estado ratificó la validez de la finalización anticipada del contrato y su liquidación unilateral, además de dejar sin efectos la estimación de la reparación por más de 11 mil millones de pesos.