Contratistas de obras de valorización en Bogotá dicen que sanciones son arbitrarias

Según las empresas contratistas, estas sanciones como en su mayoría son arbitrarias y ajenas al derecho. Además, señalan que estas sanciones son insostenibles debido a falencias en la planeación.

Obras en Bogotá. Foto: (Colprensa - Mariano Vimos)

Obras en Bogotá. Foto: (Colprensa - Mariano Vimos)

Bogotá

Un grupo de 25 contratistas de obras públicas envió una comunicación al director del Instituto de Desarrollo Urbano (IDU), Diego Sánchez Fonseca, en la que expresan su preocupación por los procesos sancionatorios que lleva a cabo la entidad contra empresas.

Se refieren a estas sanciones como en su mayoría son arbitrarias y ajenas al derecho. Los consultores señalan que estas sanciones son insostenibles debido a falencias en la planeación, estructuración y estimación de tiempos y fases en los contratos de obra.

La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, ofreció disculpas a los ciudadanos por la demora en las obras y ha reconocido la falta de planeación y deficiencias en los estudios y diseños de los contratos de obra de la ciudad.

Además, propuso cambios en el Estatuto de Valorización para evitar futuras demoras en las obras. Los consultores argumentan que la Alcaldesa les da la razón en cuanto a los factores de riesgo en las obras y las afectaciones a los ciudadanos.

También señalan la falta de coordinación interinstitucional y gestión en la matriz de riesgo como problemas en la ejecución de las obras. Los consultores expresan su preocupación por las decisiones sancionatorias institucionales que, en su opinión, desbordan cualquier riesgo empresarial en la ejecución de contratos con el IDU.

Argumentan que existen vulneraciones al debido proceso en estos procesos sancionatorios, como citaciones con plazos insuficientes, tasaciones de sanciones económicas desproporcionadas y falta de traslado de pruebas en oportunidad.

Finalmente, los consultores piden al director del IDU analizar las situaciones particulares para evitar decisiones subjetivas que puedan afectar el futuro de las empresas contratistas. Señalan que estas decisiones no deben depender de interpretaciones personales y deben estar en línea con la ley.

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