Presidencia apeló decisión que ordena a Petro pagar multa por no nombrar expertos en CREG
La defensa asegura que el presidente hizo todas las gestiones para nombrar a los expertos.
Por medio de un oficio radicado por Milton Alexander Dionisio, abogado de la Secretaría Jurídica, la Presidencia de la República interpuso un recurso de apelación contra el fallo del Tribunal de Cundinamarca, en el que se sanciona al presidente Gustavo Petro con el pago de cinco salarios mínimos por, presuntamente, incumplir una orden judicial que le exige nombrar a los expertos en la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG).
En el documento se solicita revocar la decisión, argumentando que el Tribunal no tiene competencia para sancionar al presidente debido a su fuero especial.
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“(…) Este medio de impugnación tiene como objetivo evidenciar que el Tribunal solo tiene competencia para vigilar el cumplimiento del fallo, mientras que la sanción es una facultad exclusiva del juez natural del aforado. Bajo esa precisión, el presidente de la República continuará acreditando ante el Tribunal el cumplimiento de la orden judicial, dado que es el juez natural encargado de la vigilancia del fallo”, señala el recurso.
Además, la defensa asegura que el mandatario realizó todas las gestiones necesarias para los nombramientos respectivos en la entidad.
“Adjunto en este escrito medios de prueba que permiten evidenciar las gestiones realizadas por el presidente de la República para efectuar los nombramientos de los expertos comisionados de la CREG después del 31 de julio de 2024″, se indica.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca se pronunció en primera instancia al resolver la demanda interpuesta por Gilberto Augusto Blanco, señalando que “la situación actual genera inseguridad en el sector energético y en los administrados en general, y pone en riesgo la independencia y autonomía de la CREG, máxime si el quórum deliberativo y decisorio se reduce de siete a cinco, habiendo actualmente cuatro expertos nombrados por encargo, más el voto del ministro, con lo cual sería suficiente para expedir la respectiva regulación.”